La nueva ley de desahucios ha dejado de existir. El 26 de febrero de 2026, el Congreso de los Diputados rechazó la convalidación del Real Decreto-ley 2/2026, que pretendía extender la moratoria antidesahucios hasta el 31 de diciembre de 2026. Con 177 votos en contra, 172 a favor y 1 abstención, el decreto antidesahucio ha quedado derogado. Esto significa que ya no hay ninguna norma extraordinaria que suspenda los procedimientos de desahucio por impago de alquiler en España, aunque la Ley de Vivienda de 2023 mantiene ciertos mecanismos de protección para inquilinos vulnerables.
¿Qué va a pasar con los desahucios en 2026?
El panorama del alquiler en España acaba de dar un giro importante. Tras casi seis años de prórrogas consecutivas, la moratoria antidesahucios ha dejado de tener efectos jurídicos. Los procedimientos de desahucio por falta de pago que estaban suspendidos pueden reactivarse y los nuevos casos seguirán su curso ordinario sin paralización extraordinaria.
No obstante, la incertidumbre no ha desaparecido. La Ley de Vivienda de 2023 sigue vigente e incluye sus propios trámites de protección: informes de servicios sociales, actuaciones de intermediación y períodos de suspensión que pueden prolongarse hasta ocho meses. Estos trámites no tienen cobertura económica para el propietario, lo que genera un vacío legal que aún no se ha resuelto.
Tampoco se descarta que el Gobierno intente aprobar nuevas medidas a través de otro decreto o una proposición de ley independiente. Lo que está claro es que, por el momento, la nueva ley de desahucios que proponía el ejecutivo no existe.
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¿Qué proponía el decreto antidesahucio antes de ser derogado?
El Real Decreto-ley 2/2026, aprobado por el Consejo de Ministros el 3 de febrero, pretendía extender la suspensión de desahucios y lanzamientos para hogares vulnerables sin alternativa habitacional. Tras un pacto con el PNV, incluía una novedad importante: los propietarios de dos viviendas o menos quedaban fuera de la moratoria, pudiendo continuar con el proceso judicial incluso si el inquilino era declarado vulnerable.
En la práctica, la ley de desahucio solo habría afectado a grandes tenedores. Sin embargo, los votos de PP, Vox y Junts tumbaron la convalidación. Era la segunda vez en un mes que el Parlamento rechazaba esta medida, tras la caída del anterior decreto ómnibus a finales de enero.
¿Cuándo no se puede desahuciar a una persona?
Aunque la moratoria antidesahucios ha caído, existen situaciones en las que un desahucio puede quedar temporalmente suspendido. La Ley de Vivienda establece que, en determinados casos de vulnerabilidad acreditada, los servicios sociales deben intervenir antes de ejecutar un lanzamiento, lo que puede retrasar el proceso varios meses.
Además, un juez puede suspender un desahucio si considera que existen circunstancias excepcionales debidamente justificadas. Sin embargo, ya no se trata de una suspensión automática y generalizada como la que ofrecía la prórroga de desahucios, sino de una valoración caso a caso.
¿Cuánto tiempo tengo para echar a un inquilino con la nueva ley?
Sin la protección extraordinaria del decreto, el proceso de desahucio por impago sigue los plazos habituales. Lo que popularmente se conoce como desahucio express suele tardar entre 6 y 12 meses de media en España, aunque los plazos varían según el juzgado y la comunidad autónoma.
Los pasos del proceso son: primero, enviar un burofax al inquilino reclamando las rentas adeudadas. Si no hay respuesta, se presenta una demanda de desahucio por falta de pago y reclamación de rentas ante el juzgado. Tras la admisión a trámite, se señala fecha de juicio y, en su caso, de lanzamiento. En Aragón los tiempos son algo más moderados que en grandes ciudades, pero conviene no demorar la acción si un inquilino no paga el alquiler.
Consecuencias para propietarios: compensaciones y opciones
Los propietarios que se hayan visto afectados por la moratoria durante los últimos años aún pueden solicitar una compensación económica a la Administración. No obstante, existe incertidumbre sobre los plazos exactos tras la derogación del decreto. Es recomendable actuar con rapidez.
Para quienes alquilen actualmente o estén pensando en hacerlo, la prevención es clave. Desde Tenenieves recomendamos contratar un seguro de impago de alquiler, redactar un contrato sólido con todas las garantías y verificar la solvencia del inquilino antes de firmar. Una inmobiliaria profesional puede encargarse de todo esto por ti.

¿Afecta la moratoria al alquiler de locales comerciales?
No. La suspensión de desahucios, tanto la del decreto derogado como las anteriores, solo aplicaba a vivienda habitual. Los locales comerciales en alquiler y las oficinas en alquiler siguen un régimen jurídico diferente: ante un impago, el desahucio sigue su curso ordinario sin ninguna paralización. Esto convierte al alquiler comercial en una opción con mayor seguridad jurídica para los inversores.
La derogación de la nueva ley de desahucios marca un punto de inflexión tras seis años de prórrogas. Para los propietarios supone recuperar herramientas legales que llevaban tiempo paralizadas. Para los inquilinos vulnerables, un motivo para buscar alternativas y asesoramiento cuanto antes.
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Preguntas frecuentes sobre la nueva ley de desahucios
Tras la derogación del Real Decreto-ley 2/2026 por el Congreso el 26 de febrero de 2026, la moratoria antidesahucios ha dejado de tener efectos jurídicos. Los procedimientos de desahucio por impago de alquiler siguen su curso ordinario sin suspensión extraordinaria, aunque la Ley de Vivienda de 2023 mantiene ciertos mecanismos de protección que pueden retrasar el proceso varios meses.
El Real Decreto-ley 2/2026 entró en vigor el 4 de febrero de 2026, pero fue derogado por el Congreso el 26 de febrero con 177 votos en contra. Actualmente no existe ninguna nueva ley de desahucios vigente ni hay fecha prevista para la aprobación de una nueva norma, aunque no se descarta que el Gobierno presente otra propuesta.
Aunque la moratoria ha caído, la Ley de Vivienda establece que en determinados casos de vulnerabilidad acreditada los servicios sociales deben intervenir antes de ejecutar un lanzamiento, lo que puede retrasar el proceso. Un juez también puede suspender un desahucio si considera que existen circunstancias excepcionales, pero ya no se trata de una suspensión automática y generalizada.
Sin la moratoria, el proceso de desahucio express por impago de alquiler sigue los plazos ordinarios y suele tardar entre 6 y 12 meses de media en España. El proceso incluye el envío de un burofax reclamando el pago, la presentación de la demanda judicial y el señalamiento de juicio y lanzamiento. Los plazos varían según el juzgado y la comunidad autónoma.
No. La suspensión de desahucios, tanto la del decreto derogado como las anteriores, solo aplicaba a vivienda habitual. Los locales comerciales y las oficinas en alquiler siguen un régimen jurídico diferente: ante un impago, el desahucio sigue su curso ordinario sin ninguna paralización extraordinaria.





