La actualización anual del alquiler genera muchas dudas cada año. En 2025, además, hay un cambio importante: ya no todos los contratos se actualizan con el IPC tradicional. En este artículo te explicamos cómo afecta la subida del IPC al precio del alquiler en 2025, qué índices se usan, cómo calcular el nuevo importe y qué límites legales existen.
¿Qué es la subida del alquiler por el IPC y por qué importa en 2025?
La subida del alquiler por el IPC es el ajuste anual que se hace en la renta del contrato para compensar la inflación. Este mecanismo sirve para que el arrendador no pierda poder adquisitivo y el inquilino pague un precio coherente con la evolución de los precios.
Hasta hace poco, la mayoría de contratos se actualizaban con el Índice de Precios de Consumo (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística (INE). Sin embargo, desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda de 2023, las reglas cambiaron.
Desde mayo de 2023 se aplica un nuevo Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), también publicado por el INE, que sustituirá progresivamente al IPC como índice oficial para los contratos nuevos.
Por tanto, en 2025 pueden darse dos situaciones:
- Si el contrato es anterior al 25 de mayo de 2023 y se pactó expresamente que se revisaría por IPC, se puede seguir aplicando ese método.
- Si el contrato se firmó después de esa fecha, debe usarse el nuevo índice IRAV.
En otras palabras, la subida del alquiler por el IPC sigue existiendo, pero depende de cuándo se firmó el contrato y de lo que se haya pactado en él.
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Factores que intervienen en la subida del IPC en un alquiler
1. Cláusula de revisión en el contrato
El primer paso es revisar el contrato. Según el artículo 18 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la renta solo puede actualizarse si las partes lo pactaron expresamente. Si el contrato no menciona la revisión o no especifica el método, no se puede aplicar la subida del IPC por defecto.
Por tanto, para calcular correctamente la subida, el contrato debe incluir una cláusula de actualización que indique el índice que se usará (IPC, IGC o IRAV) y el mes de referencia.
2. Índice de referencia aplicable
El índice a utilizar depende de la fecha del contrato:
- Antes del 25 de mayo de 2023: se utiliza la variación anual del IPC nacional.
- Después de esa fecha: se aplica el IRAV, que publica el INE mensualmente.
- Si el contrato tiene cláusula de revisión pero no indica el índice, se toma el Índice de Garantía de Competitividad (IGC) como referencia, con el límite máximo del IPC.
Según datos del INE, el IRAV de agosto de 2025 registró una variación anual del 2,19 %, mientras que el IPC general del mismo mes fue del 2,7 %.
3. Fórmula para cómo calcular la subida del IPC en un alquiler
La fórmula para calcular la subida del alquiler por el IPC (o IRAV) es sencilla:
Nueva renta = Renta actual × (Índice final ÷ Índice inicial)
Por ejemplo, si un contrato tiene una renta mensual de 1.000 € y los índices son 110 (inicial) y 115 (final), el cálculo sería:
1.000 × (115 ÷ 110) = 1.045,45 €.
Es decir, la renta subiría un 4,5 %.
4. Periodicidad y plazos de aplicación
La actualización de la renta solo puede aplicarse una vez al año, coincidiendo con la fecha en que se cumple cada anualidad del contrato. No puede hacerse antes, ni de forma retroactiva.
El arrendador debe notificar la subida al inquilino antes de aplicarla, adjuntando el cálculo y el valor oficial del índice. El dato del IPC o del IRAV suele publicarse a mitad del mes siguiente, por lo que conviene planificar la actualización con algo de margen.
5. Límites y restricciones legales
Aunque el IPC marque un aumento importante, no siempre puede trasladarse íntegramente al alquiler. En algunos años recientes, el Gobierno estableció límites temporales a la subida (por ejemplo, un máximo del 2 % entre 2022 y 2023).
En 2025, estos límites ya no son universales, pero los contratos firmados bajo la nueva Ley de Vivienda deben ceñirse al IRAV, que tiende a reflejar incrementos más moderados que el IPC tradicional.
Además, cada contrato puede contener topes internos negociados entre propietario e inquilino.
6. Efectos retroactivos
Una de las dudas más frecuentes es si se puede aplicar la subida con carácter retroactivo.
La respuesta es no, salvo que ambas partes lo acuerden por escrito. Si el arrendador no comunicó la revisión en el momento adecuado, no puede reclamar las mensualidades anteriores con el nuevo importe.
Cuánto sube el IPC del alquiler en 2025
Los últimos datos oficiales del INE y de otras fuentes económicas muestran una inflación moderada durante 2025:
- IPC interanual de agosto de 2025: 2,7 % (INE).
- IPC de enero de 2025: 2,9 %.
- IRAV de agosto de 2025: 2,19 % (INE).
- Previsión media anual: entre 2,5 % y 3 %.
Esto significa que, en la práctica, la mayoría de alquileres revisados este año subirán entre un 2 % y un 3 % aproximadamente, siempre que el contrato lo permita.
Pasos para calcular la subida del alquiler por el IPC en 2025
- Comprueba la fecha del contrato. Si es anterior al 25 de mayo de 2023, se usa el IPC; si es posterior, el IRAV.
- Revisa la cláusula de actualización. Asegúrate de qué índice y mes se tomarán como referencia.
- Busca los índices oficiales en la web del INE (ipc o irav).
- Aplica la fórmula: Renta × (Índice final ÷ Índice inicial).
- Redondea el resultado a tres decimales si se exige.
- Comunica la actualización por escrito al inquilino con antelación.
- Guarda las referencias del INE o del BOE como respaldo del cálculo.
Con estos pasos, tanto arrendadores como inquilinos pueden comprobar por sí mismos si la subida está bien aplicada.

En 2025, calcular la subida del alquiler por el IPC requiere prestar atención a la fecha del contrato, al índice de referencia aplicable y a los límites legales vigentes.
Si el contrato es anterior a la Ley de Vivienda, se puede seguir aplicando el IPC siempre que esté pactado. En cambio, los contratos nuevos deben actualizarse con el IRAV, que tiende a ser más estable.
Antes de aplicar una subida:
- Comprueba el índice oficial en la web del INE.
- Asegúrate de que el contrato permite la revisión.
- Notifica correctamente al inquilino.
- Y, si tienes dudas, consulta con un profesional.
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